Servicios de consultoría en accesibilidad urbana

Auditorías de edificios, relevamiento de veredas y asesoramiento normativo para municipios que quieren cumplir con la Ley 15.320 y avanzar hacia espacios públicos sin barreras.

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Servicios de consultoría en accesibilidad urbana

Acompañamos a municipios y organismos públicos en la planificación, ejecución y verificación de obras de accesibilidad, con informes técnicos y relevamientos in situ.

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Auditoría de veredas y cruces

Relevamiento de rebajes, baldosas podotáctiles y pendientes en esquinas. Entregamos un plano de prioridades con costos estimados por cuadra.

Plan de transporte accesible

Diseño de paradas con refugio, señalización táctil y ajuste de recorridos para unidades de piso bajo. Incluye cronograma de implementación.

Normativa de edificación

Asistencia para adecuar ordenanzas locales a la Ley 15.320. Redactamos los requisitos técnicos y el procedimiento de inspección municipal.

Capacitación a equipos técnicos

Talleres prácticos para personal de obras públicas y catastro sobre criterios de accesibilidad universal, con casos reales de la región.

Cada servicio se adapta al presupuesto y al calendario de obras del municipio. Consultá el alcance para tu localidad.

¿Qué normativa nacional regula la accesibilidad en obras públicas?

La Ley 24.314 y su decreto reglamentario 914/97 establecen los requisitos mínimos de accesibilidad para edificios y espacios de uso público en todo el país. En la práctica, cada municipio adhiere a estos estándares y los adapta a su ordenanza local. Si estás por iniciar una obra, conviene consultar primero la normativa municipal vigente, porque suele ser más específica que la ley nacional.

¿Cómo se verifica que una vereda cumple con los rebajes correctos?

Un rebaje bien hecho tiene una pendiente máxima del 8%, un ancho libre de al menos 1,20 metros y no presenta desniveles en el encuentro con la calzada. Además, debe estar señalizado con baldosas podotáctiles de advertencia. Si detectás un cruce que no cumple, podés reportarlo en la mesa de entrada del municipio o a través del área de obras públicas de tu localidad.

¿Qué plazos maneja un municipio para adaptar un edificio público?

Depende del tipo de intervención. Una rampa de acceso o un baño adaptado suele resolverse en 60 a 90 días hábiles si ya existe el proyecto. Las obras mayores, como la instalación de un ascensor o la reestructuración de circulaciones, pueden llevar entre 6 y 12 meses. La clave está en que el municipio tenga un plan de obras aprobado y partida presupuestaria asignada.

¿Qué diferencia hay entre accesibilidad y diseño universal?

La accesibilidad busca eliminar barreras para personas con discapacidad, mientras que el diseño universal piensa el espacio desde el inicio para que lo use la mayor cantidad de personas posible, sin necesidad de adaptaciones posteriores. En la práctica, una obra accesible cumple la norma; una obra con diseño universal además mejora la experiencia de todos: personas con cochecitos, adultos mayores, repartidores y vecinos con movilidad reducida.

¿Cómo participa la comunidad en la planificación de obras accesibles?

Muchos municipios convocan a audiencias públicas o asambleas barriales cuando se proyectan obras de infraestructura. Ahí se pueden proponer ajustes de diseño, señalar cruces conflictivos o pedir prioridad para zonas cercanas a escuelas y centros de salud. También existen consejos locales de discapacidad que asesoran al ejecutivo municipal antes de licitar una obra.

¿Qué hago si una obra pública nueva no respeta la accesibilidad?

Primero, documentá la situación con fotos y la dirección exacta. Después, presentá una nota formal en el área de obras públicas o en la defensoría del pueblo de tu municipio. Si la obra es reciente y se ejecutó con fondos nacionales, también podés elevar el reclamo a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte o al organismo que haya financiado el proyecto.

Preguntas frecuentes sobre accesibilidad urbana

Respuestas claras sobre normativa, plazos y participación ciudadana para que sepas qué exigir y a quién recurrir. Si tu consulta no está acá, escribinos a info@amoprimeadapt.com o consultá la sección de ayuda.

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